Es bajo la ordenanza 4/2020







La comisión comunal de Garabato considera conveniente la declaración de emergencia sanitaria, adherir a las disposiciones del decreto provincial N° 0202/2020, en materia de licencias y justificaciones, y desplegar las medidas de acciones necesarias para el monitoreo, capacitación, información, tratamiento, aislamiento y evacuación de consultas en torno al coronavirus (COVID-19), y en definitiva para sistematizar las acciones de respuesta integral.

  • Artículo 1°- Declárese la emergencia sanitaria en el ámbito del distrito de Garabato en virtud de la pandemia declarada por la organización mundial de la salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de un año a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza.
  • Artículo 2°- Suspéndase por el plazo de 30 días contados a partir de la presente ordenanza la realización de todo evento social, deportivo, artístico, recreativo y cultural de participación masiva, organizado por la comuna de Garabato que organizado por terceros requiera habilitación, autorización o permiso comunal.