El Juzgado Civil y Comercial de Reconquista rechazó el pedido de Algodonera Avellaneda para excluir al Banco Nación del cómputo de las mayorías en su concurso preventivo. La empresa no alcanzó las mayorías necesarias y ahora se abrió el proceso de salvataje, con la posibilidad de participación de acreedores, una cooperativa de trabajadores o terceros interesados.






El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Reconquista resolvió este lunes 14 de septiembre una instancia clave dentro del concurso preventivo de Algodonera Avellaneda S.A. (AASA).

La resolución, firmada digitalmente por el juez Dr. Fabián Lorenzini, rechazó el pedido formulado por la empresa para que el Banco de la Nación Argentina (BNA) fuera considerado un “acreedor hostil” y, en consecuencia, excluido del cómputo de las mayorías necesarias para aprobar el acuerdo preventivo.

El Banco Nación concentra más del 80% del pasivo quirografario

Uno de los puntos centrales del planteo de Algodonera Avellaneda era la posición determinante que posee el Banco Nación dentro del concurso.

Según surge de la resolución, el crédito verificado y admisible del BNA asciende a $1.585.782.428,89 y US$260.791.600,40, representando más del 80% del pasivo quirografario computable. Esta situación le otorga a la entidad bancaria un peso decisivo a la hora de conformar las mayorías.

La empresa sostuvo que la negativa del banco a acompañar las alternativas propuestas configuraba un ejercicio abusivo del derecho y solicitó que su crédito fuera excluido del cálculo.

Sin embargo, el Banco Nación se opuso y argumentó que el artículo 45 de la Ley de Concursos y Quiebras establece causales de exclusión que deben interpretarse de manera restrictiva. También sostuvo que su negativa a aceptar las propuestas constituía el ejercicio regular de su derecho y respondía a la obligación de preservar los recursos públicos.

El juez consideró que no hubo “hostilidad indudable”

El magistrado entendió que no se acreditó con el grado de certeza necesario que el Banco Nación haya actuado con la intención de perjudicar a Algodonera Avellaneda o al resto de los acreedores.

La resolución reconoce que el BNA tiene una posición predominante en la conformación de las mayorías, pero señala que esa situación, por sí misma, no constituye una conducta abusiva.

Además, destaca que el banco participó de las audiencias y reuniones convocadas durante el proceso, analizó las distintas alternativas propuestas por la concursada y hasta intervino en la contratación del seguro de la planta industrial con el objetivo de resguardar los activos.

Por estos motivos, el juzgado concluyó que el BNA no reúne los elementos necesarios para ser considerado un acreedor hostil.

Una crisis que excede la relación con el Banco Nación

La resolución también pone el foco en la situación económica general de Algodonera Avellaneda y advierte que, aun si se hubiera excluido al Banco Nación, el escenario para la empresa continuaría siendo complejo.

Entre los principales aspectos señalados aparece un pasivo posconcursal proyectado de $6.818.717.040,87, correspondiente a los períodos 2025-2026 y originado, entre otros conceptos, en obligaciones vinculadas a energía eléctrica, impuestos y cuestiones laborales.

A esto se suma que la planta industrial se encuentra funcionando aproximadamente al 60% de su capacidad, debido a inconvenientes en la maquinaria de hilandería. Actualmente mantiene su actividad mediante contratos de fazón, cuyos ingresos son destinados al pago de salarios, sin generar márgenes suficientes para afrontar el pasivo verificado.

El juzgado también señala que la empresa registra un Patrimonio Neto negativo, con un pasivo que supera significativamente el valor de sus activos.

Otro de los puntos considerados es la situación laboral. La resolución indica que, tras varios meses de negociaciones, no se alcanzó un acuerdo con los trabajadores que haya obtenido la correspondiente homologación del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Santa Fe bajo los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.

No alcanzó las mayorías y se abre el salvataje

Como consecuencia de la decisión, el juzgado resolvió que Algodonera Avellaneda no logró las mayorías de capital exigidas por el artículo 45 de la Ley de Concursos y Quiebras.

Ante esta situación, se dispuso la apertura del registro previsto en el artículo 48 de la Ley de Concursos y Quiebras, conocido como proceso de salvataje o cramdown.

El mecanismo permitirá que se presenten acreedores, una cooperativa de trabajadores constituida o en formación, o terceros interesados, con el objetivo de ofertar por la adquisición de las cuotas de capital de Algodonera Avellaneda y procurar la obtención de las mayorías necesarias para alcanzar un acuerdo preventivo.

Cinco días hábiles para inscribirse

El tribunal estableció que el plazo para la inscripción de los interesados comenzará a correr a las 7:30 del martes 29 de septiembre de 2026 y finalizará a las 12:30 del lunes 5 de octubre de 2026, sin excepciones.

Además, la Sindicatura Concursal deberá elaborar en un plazo de 72 horas el listado de requisitos y condiciones que deberán cumplir quienes pretendan participar del salvataje.

Entre las condiciones que deberán contemplarse se encuentra como requisito indispensable acreditar trayectoria en el rubro textil, contar con canales de comercialización abiertos y activos y demostrar la conducta tributaria correspondiente a los últimos cinco años.

La Justicia también ordenó la publicación de edictos y avisos durante cinco días para garantizar la mayor difusión posible de la apertura del proceso, incluyendo medios periodísticos, portales digitales, cámaras empresariales, centros industriales y otras instituciones.

Una instancia decisiva para el futuro de la empresa

La resolución marca así una nueva y decisiva etapa en el concurso preventivo de Algodonera Avellaneda.

El rechazo al pedido de excluir al Banco Nación deja vigente el peso de su acreencia en el proceso y confirma que la empresa no consiguió las mayorías necesarias para homologar su propuesta.

Ahora, con la apertura del salvataje, se inicia una instancia en la que podrán aparecer nuevos interesados para intentar sostener la continuidad de la firma y de su actividad industrial.