Fue la Agencia Gubernamental de Control de Reconquista la que clausuró el Supermercado El Amigo.







Este martes 28 de enero, el Gobierno de Reconquista, a través de la Agencia Gubernamental de Control, resolvió clausurar el comercio ubicado en calle Mitre N° 356, cuyo nombre de fantasía es Supermercado El Amigo. Propiedad de Salvador Alberto Basabilbaso.

La medida incluye una sanción de 150 UF, más 10 UF por gastos administrativos, y la clausura por el término de 48 hs corridas a partir del momento en que se hace efectiva la misma, por hallarlo responsable de la falta tipificada en el artículo 22 de la Ordenanza 7452/14 Anexo II y ccs, dándose por cumplida transcurrido el plazo y abonada previamente en Tesorería Municipal la sanción pecuniaria impuesta.

La clausura se realizó conforme al acta  1516 del 15 de enero de 2020 a las 08:00 horas, se constató que había distintos productos en góndola para la venta vencidos.

31 potes de 50 gramos cada uno confitura de naranja vencidos el 15 de noviembre de 2019.

16 envases de 500 gramos cada uno con dulce de batata vencido el 15 de agosto de 2019.

13 paquetes de 120 gramos cada uno conteniendo galletitas dulces con vencimiento el 11 de noviembre de 2019.

7 tarros de 400 gramos cada uno conteniendo leche en polvo con vencimiento 31 de mayo de 2019.

11 paquetes de 140 gramos cada uno conteniendo obleas rellenas con vencimiento el 22 de diciembre de 2019.

5 paquetes de 200 gramos cada uno conteniendo bizcochos agridulces con vencimiento del 21 de diciembre de 2019.

3 paquetes de 800 gramos de Nesquik con vencimiento del 31 de enero de 2019.

9 cajas conteniendo 10 cápsulas de café con vencimiento 25 de julio de 2019.

3 tarros de 7,900 gramos de tomates triturados.

Asimismo, se notificó al titular para el retiro de toda la mercadería perecedera.

-Artículo 22 de la Ordenanza 7452/14 Anexo II: *Falta, falsificación o caducidad de la habilitación o registro de los productos o materias primas necesarios para la circulación del mismo a nivel nacional, provincial, municipal/comunal según corresponda será penado con una Multa desde 10 a 10000 UF y / o apercibimiento, suspensión de actividad total o parcial, clausura, intervención, comiso de mercadería.

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