Sucedió en las últimas horas.







Personal policial de la Cría. 1° de Vera, labró un acta de Infracción Art. 64 de ley 13774 a un vecino que se molestó y agravio a inspectores  por que le inspeccionaron su taller de motos.

La actuación se dio en virtud de que un masculino de 24 años, domiciliado en ese medio, a quien le realizaron un control e inspección en su taller mecánico de motocicletas junto a dos femeninas Inspectores municipales; finalizadas las actuaciones el joven publica en redes sociales, vista fotográfica con insultos y agravios hacia el personal de Inspectores que colaboraron en el trabajo de control. Se tomaron capturas de dicha publicación para constancia.

Que dice en artículo 64 de la Ley 13.774

Artículo 64.- Denuncia. En las faltas de acción privada y en los supuestos de conversión de la acción, el particular ofendido formulará el requerimiento acusatorio en los términos de este Código.

El proceso se regirá por los preceptos que regulan el proceso contravencional por acción pública. La policía deberá actuar conforme lo dispuesto en el artículo 55 de este Código, cuando se presenten los supuestos contenidos en dicha norma.

La policía labrará el acta de procedimiento prevista en el artículo 48 de este Código, la cual quedará a disposición de la víctima o particular ofendido.