Daniel Gustavo Núñez, de 22 años, reconoció que golpeaba y sacudía a su bebé Thiago Núñez, quien falleció en su casa a los cuatro meses de vida, el sábado 18 de abril de 2020.
Lo hizo ante el Tribunal oral integrado por los jueces Santiago Banegas (presidente), Claudia Bressán y Norma Senn, a quienes su abogado defensor, Nicolás Vera; y el fiscal Juan Marichal, fueron a pedirle en audiencia oral y pública, que acepten el acuerdo alcanzado por las partes para condenarlo a la pena de 18 años de prisión por el delito de homicidio preterintencional, ya que las partes coinciden que la muerte del bebé no fue lo buscado, sino el resultado de los golpes y sacudidas que recibió durante varios días.
En principio Núñez negaba los hechos, pero... durante la investigación el fiscal encontró otra prueba contundente en los videos que había secuestrado en una grabadora de las seis cámaras instaladas dentro de la vivienda del horror, donde se puede apreciar cómo "el padre lo maltrataba y lo golpeaba todos los días, en reiteradas oportunidades, con puños abiertos y cerrados, adentro del cochecito o en sus brazos, también las sacudidas que dañaron sus órganos, tal como informó el médico forense, quien además encontró fracturas y otras lesiones al realizar la autopsia".
"Si señor", es todo lo que respondió Núñez este jueves 27 de mayo de 2021 al presidente del Tribunal, aceptando los hechos que provocaron la muerte de su bebé y su responsabilidad.
Vale recordar que primero, tanto Daniel Núñez como su esposa, Daniela Telio, fueron imputados por abandono de persona doblemente agravado por la muerte y por ser cometido por un padre contra su hijo; pero luego, cuando aparecieron las evidencias fílmicas, quedó clara la autoría de Núñez, que era el que golpeaba y sacudía al niño, cosa que hizo durante varios días que quedaron filmados; el fiscal le imputó homicidio doloso agravado por el vínculo, que no tiene otro reproche que la prisión perpetua; pero finalmente llegó a un acuerdo con el abogado defensor para tipificar el caso como homicidio preterintencional calificado por el vínculo en carácter de autor, según artículos 45, 81 inciso primero, apartado B; y 82 en relación con el 80 inciso primero del Código Penal; y cerrar el caso sin juicio oral y público, con una condena de 18 años de prisión, lo que avalaron tanto el fiscal regional como el fiscal general de la provincia; y fueron este jueves a buscar la correspondiente sentencia del tribunal, que tras escuchar a las partes, resolvió tomarse "el plazo de ley" para anunciar su decisión de aceptar o no esta salida alternativa; por lo que el veredicto se conocerá en el transcurso de la semana próxima.
Gentileza ReconquistaHoy
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