La resolución fue dictada este miércoles por el juez penal de Segunda Instancia Eduardo Alberto Bernacchia, con asiento en Vera. El magistrado rechazó el recurso presentado por la defensa de Stefanía Evelin Oviedo y ratificó la prisión preventiva. También ordenó buscar un lugar de alojamiento adecuado que permita preservar el vínculo con su bebé de cinco meses.






El juez penal del Colegio de Jueces de Segunda Instancia de la Cuarta Circunscripción Judicial, Eduardo Alberto Bernacchia, resolvió este 12 de agosto confirmar la prisión preventiva de Stefanía Evelin Oviedo, una agente policial investigada en una causa vinculada a presuntos hechos de encubrimiento e incumplimiento de los deberes de funcionario público, en el marco de una investigación que también analiza una posible filtración de información relacionada con allanamientos.

La resolución corresponde a la causa caratulada “Oviedo, Stefanía Evelin s/ Ley 23.737 – Apelación prisión preventiva”, identificada con el CUIJ 21-09741242-9. La defensa había apelado la decisión adoptada el pasado 5 de junio por el juez penal de Primera Instancia de Reconquista, Mauricio Daniel Martelossi, quien había dispuesto mantener la medida cautelar.

La defensa pidió reemplazar la prisión por una modalidad domiciliaria

Durante la audiencia de apelación, la defensa técnica, representada por el abogado Ezequiel Orlando González, cuestionó la procedencia de la prisión preventiva y sostuvo que no estaban reunidos los presupuestos legales necesarios para mantener a Oviedo privada de su libertad.

Entre sus principales argumentos, planteó que la escala penal de los delitos atribuidos permitiría eventualmente una condena de ejecución condicional y que no existía un riesgo concreto de fuga. También sostuvo que la imputada había colaborado con la investigación desde el comienzo, entregando voluntariamente su teléfono celular y proporcionando la contraseña para que pudiera ser peritado.

La defensa también remarcó que Oviedo se presentó voluntariamente ante la Policía Federal Argentina cuando fue convocada y que allí se produjo su detención, interpretando esa conducta como una muestra de predisposición a someterse al proceso.

Como alternativa a la prisión preventiva, se propusieron distintas medidas cautelares, entre ellas presentaciones periódicas, el sometimiento al cuidado de una persona y, principalmente, la prisión preventiva bajo modalidad domiciliaria.

Uno de los argumentos centrales fue la situación familiar de la imputada, quien es madre de una bebé de aproximadamente cinco meses. La defensa sostuvo que la niña necesita contacto directo con su madre, controles médicos y lactancia frecuente.

La situación de la bebé fue uno de los puntos centrales

Durante la audiencia también se hizo referencia a informes médicos sobre el estado de salud de la pequeña y a las dificultades que implicaría trasladarla periódicamente hasta el lugar donde permanece detenida su madre.

La defensa señaló que la niña necesita ser amamantada cada dos o tres horas y que presenta problemas de salud, mencionándose además una fractura de clavícula. También se cuestionaron las condiciones del lugar de alojamiento, particularmente por la falta de agua potable durante determinados períodos.

En ese contexto, los abogados insistieron en que el interés superior de la niña debía ser ponderado al momento de decidir sobre la modalidad de cumplimiento de la medida cautelar.

La Fiscalía se opuso al pedido

La Fiscalía, en cambio, sostuvo que la investigación aún no estaba concluida y que existía un riesgo concreto de entorpecimiento probatorio.

Según expuso el representante del Ministerio Público de la Acusación, la investigación involucra una serie de allanamientos que se habrían visto frustrados por una presunta filtración de información. La acusación sostuvo que dos efectivos policiales habrían proporcionado información vinculada con los procedimientos, lo que habría impedido obtener resultados en buena parte de las medidas realizadas.

La Fiscalía también señaló que todavía quedaban diligencias pendientes, entre ellas la apertura y análisis de teléfonos celulares, y que se investigaba la posible participación de terceras personas.

Otro de los elementos señalados por la acusación fue la condición de Oviedo como integrante de una fuerza policial y el conocimiento que, por su función, podría tener respecto del funcionamiento de los procedimientos de investigación. Para la Fiscalía, esa circunstancia incrementaría su capacidad potencial para interferir en la producción de prueba.

El juez consideró acreditados los requisitos para mantener la prisión preventiva

Al analizar el recurso, el juez Bernacchia explicó que el Código Procesal Penal santafesino exige verificar determinados presupuestos para disponer una prisión preventiva.

Entre ellos se encuentran la existencia de elementos de convicción suficientes para sostener la probable autoría o participación de la persona imputada, que la eventual pena sea de cumplimiento efectivo y que existan circunstancias que permitan presumir peligro de fuga o de entorpecimiento de la investigación.

El magistrado sostuvo que, en esta etapa del proceso, existe una apariencia de responsabilidad penal suficiente para superar el primer requisito, aunque aclaró expresamente que ello no implica desconocer el estado de inocencia de la imputada, que permanece vigente hasta una eventual sentencia firme.

Respecto de la pena en expectativa, Bernacchia consideró que, dadas las características de los hechos investigados, una eventual pena sería de cumplimiento efectivo, por lo que entendió satisfecho el segundo presupuesto legal.

Entorpecimiento de la investigación: el argumento decisivo

Uno de los aspectos centrales de la resolución fue el análisis del riesgo procesal.

El juez recordó que la prisión preventiva no puede utilizarse como una pena anticipada y que debe estar vinculada a la necesidad de asegurar el desarrollo del proceso, fundamentalmente frente a riesgos concretos de fuga o de afectación de la prueba.

Sin embargo, al analizar las circunstancias particulares de esta investigación, consideró que existían elementos suficientes para sostener la existencia de un riesgo de entorpecimiento.

La resolución destaca especialmente el comportamiento atribuido a la imputada durante el procedimiento y menciona circunstancias vinculadas con posibles afectaciones a testigos y con la investigación de eventuales intentos de desviar el curso de la causa.

Por esos motivos, Bernacchia concluyó que se encontraban reunidos los tres requisitos previstos por el artículo 220 del Código Procesal Penal y que correspondía ratificar la prisión preventiva.

¿Qué decidió finalmente la Justicia?

En la parte resolutiva, el juez de Segunda Instancia rechazó el recurso presentado por la defensa y confirmó la decisión adoptada el 5 de junio por el juez de Primera Instancia Mauricio Daniel Martelossi.

No obstante, la resolución introduce un aspecto relevante respecto de las condiciones de detención.

Bernacchia consideró especialmente la edad de la hija de Oviedo —aproximadamente cinco meses— y analizó la posibilidad de aplicar las normas que contemplan la prisión domiciliaria en determinadas circunstancias. Sin embargo, concluyó que ese beneficio no opera de manera automática y que debía ponderarse junto con los riesgos procesales existentes en la causa.

El magistrado entendió que, en las condiciones actuales del expediente, el interés superior de la niña se encuentra razonablemente resguardado mediante el contacto con su madre y el acompañamiento de familiares, aunque ordenó atender especialmente las condiciones de alojamiento y las necesidades de la menor.

Un pedido concreto por las condiciones de alojamiento

Finalmente, la Justicia no modificó la prisión preventiva, pero instó a la Fiscalía a gestionar con urgencia un nuevo lugar de alojamiento para Oviedo, que permita una situación más adecuada y posibilite preservar el vínculo con su bebé.

La decisión también señala la necesidad de solucionar los inconvenientes relacionados con el abastecimiento de agua potable durante determinados horarios y de garantizar el seguimiento del estado de salud de la niña.

De esta manera, la resolución dictada en Vera mantiene vigente la prisión preventiva de Stefanía Evelin Oviedo, mientras continúa una investigación en la que se analizan presuntas filtraciones de información, posibles maniobras de entorpecimiento y la eventual participación de distintos integrantes o personas vinculadas al caso.

La causa continúa en etapa de investigación y la resolución de este miércoles no implica una declaración de culpabilidad. La situación procesal de la imputada permanece sujeta al avance de la Investigación Penal Preparatoria y a las decisiones que adopte la Justicia en las próximas etapas.