A pesar de que una tracalada de hechos pesaban en su contra, la famosa puerta giratoria de esta generosa justica hacia que goce de una total impunidad.
En la mañana de este lunes 10 de febrero de 2025, presidida por el Juez de la IPP Dr. Martín Gauna Chapero, se llevó a cabo la audiencia imputativa y cautelar de Ricardo Antonio Aramburú, alias “Gringo”, acusado de varios “Delitos contra la propiedad, robo calificado, etc.
Por pedido del Fiscal Dr. Aldo Gerosa, encargado de la investigación, Ricardo Antonio Aramburú, alias “Gringo”, de 33 años de edad, quedo preso sin plazos y la medida cautelar fue impuesta por el Juez Martín Gauna Chapero, en la audiencia sustanciada en la mañana de este lunes en los tribunales de Vera.
Al imputado, se le atribuye un sin fin de delitos contra la propiedad, robo calificado, etc, el último hecho lo había cometido el jueves 06 de febrero pasado, cuando previo a ocasionar daños en una de las aberturas, ingreso a la vivienda de don Esteban Vozniak, un jubilado de 81 años de edad que vive solo y a quien ya en otras ocasiones había robado. En esta oportunidad quedo escrachado por cámaras de seguridad de comercios de la zona.

(Foto) Aramburú aprendido en otro hecho días atrás del último atraco.
Solo en las últimas semanas, Aramburú había cometido al menos diez o más hechos de robo, todos descubiertos por la policía, pero beneficiado por la justicia generosa, que hacía que este personaje actúe con total impunidad, a tal punto que tenía amenazado a varios vecinos y a la prensa local misma, manifestando que nunca caería preso por que contaba con un certificado que le impedía a la justicia actuar en su contra, una total aberración.
En la audiencia de la mañana de este lunes, el juez Marín Gauna Chapero, cedió la palabra a la víctima y al mismo Aramburú, que fue defendido por el defensor oficial Dr. Cesar Pérez.
Fue Pamela Vozniak, quien hablo por la víctima, en este caso su papá; y en este sentido, menciono que hablaba en nombre de su papá y del resto de la comunidad de Fortín Olmos, dijo que muchos vecinos del pueblo tienen miedo de hablar por que el imputado entraba por una puerta y salía por la otra, manifestó que su padre es una persona grande que vive solo, y que no es la primera vez que este muchacho entraba a su casa con fines de robo, “mi papa está literalmente enjaulado porque se llenó de rejas y por el único lugar que no puso le volvió a entrar. No es justo que él este encerrado y este tipo libre, atemorizando a todos con represalias, es por eso que hoy confío en que la justicia esta vez hará las cosas bien y le darán el castigo que se merece”, expreso.
En otro párrafo, Pamela Vozniak, refrendo en la audiencia que Aramburú no actuaba solo, que es necesario que investiguen y que lleguen a los cómplices del imputado, refriéndose a los supuestos compradores, cosa que el juez convalidó y pidió a los investigadores llegar hasta las últimas consecuencias. En la audiencia, ventilaron que mediante un testigo llegaron a un tal José Acevedo, quien había comprado elementos robados, pero no los que le habían sacado al “Nene” Vozniak.
Al momento de solicitar la medida cautelar, el Fiscal Aldo Gerosa, argumentó que la comunidad de Fortín Olmos estaba atemorizada por el accionar del imputado, y que en un eventual juicio pedirán la pena máxima por la reincidencia de hechos.
Cedida la palabra, el “Gringo” Aramburú también se expresó ante el Juez, dijo que “no sabía porque la gente decía esas cosas de él, ya que él es un hombre muy bueno, y que a eso lo pueden preguntar en el pueblo y allí dirán lo bueno que es”.
El Dr. Cesar Pérez, en defensa de Aramburú, expreso que no son suficientes las pruebas que hay en la causa para dejarlo preso, dijo que el procedimiento no estaba bien hecho, que en las cámaras de seguridad aportadas no se lo distingue claramente y que se contradicen los testigos.
Escuchadas la partes, el juez de la Instancia Penal Preparatoria del Colegio de Jueces Penales del Distrito Judicial Nro. 13 con sede en Vera, Dr. Martín Gauna Chapero, ordeno la prisión preventiva del imputado Ricardo Antonio Aramburú, por el plazo de Ley Art. 225 del CPP.
























