La Cámara Penal de Apelaciones confirmó la condena de 20 años de prisión para Franco Emanuel Villalba Gómez, D.N.I. Nº 40.451.938, la que vencerá el 3 de abril de 2039, según surge del cómputo de la pena, que tiene en cuenta el tiempo que Villalba estuvo en prisión preventiva.
La condena por el homicidio de su padrastro, Miguel Ángel Mattiazzi, fue en procedimiento abreviado, ya que Villalba renunció al juicio para evitar una eventual condena mayor.
El tribunal de primera instancia estuvo conformado por los Dres. Gustavo Gon (presidente), Claudia Bressán y Norma Senn. Como fiscal trabajó el Dr. Nicolás Maglier; y como querellante (en nombre de Darío Hernán Mattiazzi hijo de la persona asesinada, trabajó el Dr. Ariel Williambi.
En el acuerdo inicial, a Villalba lo asistió como abogado defensor el Dr. Sixto González, quien luego renunció al poder y continuó el defensor público Matías Daruich, quien resistió la condena de 20 años, en busca de algo menos, lo que no prosperó. Todo fue confirmado por la Cámara Penal, con la firma de José Mántaras (primer voto), acompañado por Eduardo Bernacchia y Carlos Renna.
Franco Emanuel Villalba reconoció y se dio por probado que antes del mediodía del 1 de julio de 2019, mató a su padrastro Miguel Angel Mattiazzi, a quien le aplicó 40 puñaladas.
Sucedió en el vivero que tenía Mattiazzi en el Km 680,100 de la Ruta Nacional Nº 11, en la Ciudad de Calchaquí, donde estaba con su bebé, quien tenía entonces un año y siete meses de edad.

La camioneta de la víctima, una VW Amarok color azul, dominio AB993QL, había sido sustraída y la abandonó en la cuneta sobre calle Simón de Iriondo, zona suburbana de la ciudad de Calchaquí.
El médico policial, Dr. Juan Pablo Serrano, es quien corroboró la muerte de Mattiazzi, constatando múltiples heridas cortantes con arma blanca en la zona del cuello, tórax y abdomen.
La autopsia realizada por el médico forense Horacio Goldaraz determinó que la causa de muerte fue hipovolemia, producto de laceración de vasos del cuello (carótida y yugular izquierda y derecha) y bronco aspiración.
Esa misma noche, en la casa de la suegra de Villalba (Marcela Beatríz Vera) secuestraron las zapatillas con manchas de sangre, un cuchillo de unos 15 cm de hoja, cabo color blanco, mochila y otros efectos personales del ahora confeso autor.
También los peritos encontraron en el baño de la casa de la suegra, restos de sangre humana; y confirmaron que allí se había bañado Villalba, incluso un detalle no menor, lo hizo con agua fría, siendo un día de intenso frío.
Un dato curioso. Tras matar a su padrastro, Villalba se ocupó de cambiar de ropa a su media hermana; probablemente para llevarse la ropa que estaba manchada con su sangre, para anular evidencias; igual algo quedó, también en la casilla del vivero, donde quedó solita la bebé cuando la encontró su tío (Antonio Gómez) quien dio aviso a la policía.
Villalba fue decidido a matar a su padrastro. Al lugar llegó con el cuchillo de 15 cm de hoja que había recogido en casa de su suegra y le aplicó cuarenta puñaladas en zona de órganos y arterias vitales, los que le provocaron la muerte en forma inmediata.
Con la confesión de Villalba, para facilitar el acuerdo que evitó el juicio, se acordó eliminar la imputación de alevosía, y quedó como homicidio simple, según artículo 79 del Código Penal Argentino. Eso fue avalado por el Fiscal Regional de la IV Circunscripción Judicial, Dr. Rubén Daniel Martínez, y por el Fiscal General Dr. Jorge Baclini.
Al momento de la condena, Villalba prestó su conformidad diciendo que nada justifica su conducta; y solicitó tener una oportunidad para estudiar y ayudar a su familia, con deseos de poder reinsertarse en la sociedad.
Raquel Gómez (madre del condenado y esposa de la persona asesinada, con quien tuvo dos hijos en común) expresó que quería "una segunda oportunidad" para su hijo, que "está arrepentido", y quería que se le faciliten los medios durante la condena para que pueda estudiar y reinsertarse en la sociedad. También pidió que se le disminuya la condena porque ella y otro de sus hijos están con problemas de salud.
Vale recordar que el intento de una pena menor que se hizo a partir del cambio de defensor, no prosperó. Quedó firme la condena a 20 años de prisión.
Y se puede afirmar que Villalba consiguió un excelente acuerdo, ya que logró que le eliminen la figura de "alevosía", puesto que la misma Cámara Penal que confirmó la condena, dejó claro que cabía esa agravante.
Calificaron el hecho como un "homicidio simple", que tiene reproche de 8 a 25 años.
Para justificar los 20 años (más cerca del máximo posible que del mínimo), se tuvo en cuenta que Villalba fue al encuentro de su padrastro con el cuchillo, lo que indica "premeditación", lo que agrava el injusto; y de esa manera, disminuyó las posibilidades de la víctima de evitar u oponerse al acometimiento.
También se valora "la relación de parentesco existente entre las partes", ya que el acusado era hijastro de la víctima y convivieron veinte años, según confirmó la Sra. Raquel Gómez, quien informó que incluso Villalba le decía "Papá" a Mattiazzi, quien cumplía un rol de encargado de la guarda, "y está relación afectiva de contacto diario entre victimario y víctima, sin dudas conlleva a un mayor respeto por parte de Villalba, condición que no tuvo en consideración al momento de cometer el hecho".
Añade el tribunal que "este trato diario" dificultó que Mattiazzi esté prevenido de la conducta de su agresor y pudiera preparar la resistencia al ataque. El injusto se agrava "por la relación de confianza se vincula a la despreocupación que tal relación genera en la víctima quien incurre en un relajamiento de sus recursos defensivos como consecuencia de la imprevisibilidad del ataque de la persona con quien tiene una "relación de confianza". Todas estas agravantes nos ubican en seleccionar una pena que se acerca al máximo de la escala penal", argumentaron.
En relación con las atenuantes, han valorado las partes, "la inmadurez" propia de los 21 años de edad de Villalba al cometer el crimen; además que no había completado los estudios secundarios y que no tenía condena previa.
La condena incluye inhabilitación absoluta, accesorias legales y costas.
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