El procedimiento de Gendarmería Nacional Seguridad Vial San Justo, se realizó el domingo 08 de Junio 2025 a las 10,30 hs.
Personal de Gendarmería Nacional Seguridad Vial San Justo, a las 10,30 hs del domingo 08 de junio de 2025, detiene a la altura del km 557 de la Ruta Nacional 11, frente a la localidad de Luciano Leiva, un colectivo de la empresa El Norte que viajaba de Santa Fe a Reconquista, allí se realizó una requisa debido a un fuerte olor a marihuana.
En esa oportunidad una persona manifestó ser personal de la Policía de la Provincia de Santa Fe, prestando funciones en la Unidad Regional IX y tras la apertura de una mochila que transportaba, surge que tenía una bolsa de nylon negra conteniendo 9 envoltorios en bolsa Ziploc con un peso total de 505,9 gramos de marihuana por lo que se procedió a su detención, resultando ser Alberto Saúl Junco, oriundo de Vera pero domiciliado actualmente en la ciudad de Avellaneda.
A Junco se le secuestro
Un teléfono celular Xiami (pendiente de peritar).
Una pistola marca Bersa con sus respectivos proyectiles y cargador.
Un chaleco antibalas con la inscripción Policía de la Provincia de Santa Fe.
Una Cedula de identificación como policía.
Una mochila negra con detalles grises.
505,9 gramos de Marihuana.
Posteriormente en audiencia Oral celebrada el este miércoles 11 de junio en la ciudad de Santa Fe, el Dr. Aldo Alurralde – Juez Federal Subrogante J.F. 2 de Santa Fe y Juez Federal de Reconquista, declaro la legalidad de la detención y dispuso la prisión preventiva del imputado Junco por el plazo de 90 días contados a partir de la fecha de audiencia, con posibilidad de prórroga, todo conforme lo solicitado por la Fiscal Federal de Santa Fe.
La defensa oficial se había opuesto solicitando la prisión domiciliaria a lo cual el juez no le hizo lugar valorando el peligro de fuga por la alta escala penal en la cual le imputo el delito de Transporte de estupefacientes agravado por tratarse de personal policial (art. 5 inc. C con el agravante del 11 inc. d) Ley 23.737) que prevé pena de prisión efectiva de 6 a 20 años de Prisión y por el peligro de entorpecimiento ya que deberá investigarse quien fue el que le proveyó el estupefaciente y el verdadero destino del mismo teniendo en cuenta que el transporte es uno de los eslabones del comercio del mismo.
Junco manifestó que ese estupefaciente era para su consumo, argumento que no fue aceptado por el Dr. Alurralde, debido a la cantidad y características del hecho.
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