Es con plazos determinados y se trata del tramo entre las ciudades de Vera y Malabrigo.






El Juzgado Federal de Reconquista, con la firma de la jueza subrogante Zunilda Niremperger (en reemplazo del Dr. Aldo Alurralde), emitió una nueva resolución el martes 29 de octubre de 2024, en el marco de la demanda judicial presentada por el diputado provincial Dionisio Scarpín, frente al peligroso estado de la Ruta Nacional 11, en el tramo entre las ciudades de Vera y Malabrigo.

Como medida cautelar, dispuso que -hasta tanto se dicte la resolución definitiva- la Dirección Nacional de Vialidad:

- Ejecute tareas de reparación, bacheo y/o relleno de pozos existentes en el tramo comprendido entre el kilómetro 724 al kilómetro 752 (Vera - Malabrigo), en el plazo de 3 meses contados a partir de la notificación del presente decisorio.

- Señalizar -mientras dure el tiempo de reparación- debidamente dicho sector; con expreso direccionamiento a evitar accidentes, en el plazo de 3 días contados como se indica en el apartado anterior. En caso de ser necesario, realizar los desvíos que fueren imperiosos a los fines de evitar accidentes, en el término de 3 días también.

- Realizar una campaña informativa, también con el fin de evitar accidentes a los usuarios y/o vecinos de la arteria, en ese mismo tramo.

- "Imponer a los apoderados de la accionada el deber de denunciar los datos filiatorios de los funcionarios y/o empleados dependientes de Vialidad Nacional que se encuentren a cargo de cumplir y/o hacer cumplir las disposiciones del presente apartado", las que "tienen como finalidad primordial la protección de usuarios, transeúntes y residentes de la Ruta Nacional Nº 11, en especial como medida de prevención de accidentes"; dentro del plazo de 72 horas bajo apercibimientos de ley.

- "Fijar caución juratoria previa por parte del actor, a fin de responder por todas las costas, daños y perjuicios que la medida pudiere ocasionar".

- Y que "prosiga el trámite del procedimiento según su estado y en consecuencia téngase por promovida acción de amparo en los términos de la Ley 16.986, contra la Dirección Nacional de Vialidad".

Además, la magistrada ordenó "requiérase a la accionada que se expida en forma circunstanciada acerca de los antecedentes y fundamentos de la conducta que dieran origen a la presente acción, el que deberá ser evacuado en el término de 5 días hábiles con más cinco".

"A tal efecto ofíciese, adjuntándose copia de la demanda y de la documentación adjunta hasta el presente glosada a los autos. El accionante deberá acompañar los pertinentes proyectos para ser confrontados y suscriptos por Secretaría", indicó.

Aquí la resolución completa.

Resolución Judicial