Lo comunico el ministerio de salud en una reciente resolución. 







El expediente N° 00501-0175393-4 del S.I.E., relacionado con Ja situación administrativa e institucional de los Servicios para la Atención Médica de la Comunidad- Ley N° 6312- a raíz de las medidas restrictivas adoptadas ante la emergencia sanitaria declarada por la propagación del nuevo coronavirus (COVID19);

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 0935, emitida en fecha 30 de marzo de 2022, se dispuso la ampliación, desde el 30 de marzo hasta el 30 de abril de 2022 inclusive, de la suspensión en la caducidad de los mandatos de las Comisiones Ejecutivas de los Servicios para la Atención Médica de la Comunidad- Ley N° 6312/67

Que atentó a las sucesivas prórrogas otorgadas a favor de los Efectores, a la fecha no se ha cumplimentado con las respectivas renovaciones de los Consejos de Administración regulados en la Ley N° 6312/67.

Que, ante tal situación se estima conveniente, a fin de asegurar la operatividad de los S.A.M.Cos., especialmente ante situaciones que podrían afectar la disponibilidad de fondos en las cuentas corrientes oficiales por la caducidad de mandatos y la falta de firmas habilitadas, otorgar una última prórroga.

Que la medida cuenta con la conformidad de la Subsecretaría Legal y Técnica y la Dirección General de Asuntos Jurídicos (Dictamen N° 78/20, fs. 3/vito.).

Que este Ministerio puede decidir al respecto, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 6312 y su Decreto Reglamentario N° 4321167, como así también por la Ley N° 13.920 (artículo 16, inciso 11).

POR ELLO: LA MINISTRA DE SALUD
Resuelve:

ARTICULO 1°.- Dispónese la ampliación, hasta el 30 de junio de 2022 inclusive, de la suspensión en la caducidad de los mandatos de los Consejos de Administración y Comisiones Ejecutivas de los Servicios para la Atención Médica de la Comunidad- Ley N° 6312/67.

ARTICULO 20.- Ordénese a la Subsecretaría de Entes Comunitarios la realización de intimaciones pertinentes a los Servicios para la Atención Médica de la Comunidad a los efectos de que realicen las actividades tendientes a las renovaciones de sus Consejos de Administración- Ley N° 6312/67.

ARTICULO 30.- Regístrese, comuníquese y archívese.
La resolución lleva la firma de la Dra. Sonia Martorano, ministra de salud de la provincia.