Sera la semana entrante. Invitación textual. Quien suscribe, presidente del SAMCO de Fortín Olmos, tengo el agrado de informarles que mediante distintas resoluciones se fue prorrogando la renovación de las comisiones ejecutivas como de los consejos de administración de nuestra institución, y que por virtud de los dispuesto en la resolución Nr.1675/21 del Ministerio de Salud se dispone la renovación de las comisiones ejecutivas y asambleas hasta el 31 de Diciembre, es por ello que la Comisión Ejecutiva debe convocar a las instituciones a reunirse en Asamblea para la renovación de autoridades. Invitamos a Usted a participar de la misma a realizarse el jueves 23 de diciembre a las 19,00 hs en el Hospital de Fortín Olmos, y la documentación, deberá presentarse 24 hs antes en la recepción del mismo hospital local de 8 a 12 hs. para su evaluación. A tal efecto se le informa: No están habilitados para participar ni para nombrar representantes en el Consejo de Administración: a- Partidos políticos; b- Organismos oficiales (excepto la Comuna o Municipalidad); c- Entidades financieras, y d- Toda aquella organización, institución o asociación de cualquier tipo cuyos Estatutos o fines no cumplan con la normativa vigente. Toda institución de la Comunidad habilitada para hacerlo y que desee participar en la conformación del Consejo de Administración debe tener en cuenta lo siguiente: 1. Debe designar, por escrito, a sus representantes titulares y suplentes en la cantidad necesaria, según lo establece la Ley Nº6312, en su artículo 19; 2. Las Comunas o Municipios, a través de sus representantes designados, son integrantes necesarios de los Consejos de Administración y no requieren certificación de subsistencia; 3. Debe presentar la documentación necesaria para acreditar su efectiva y actual existencia y VIGENCIA, conforme lo establecen las leyes que regulan su funcionamiento, debiendo recabar de los organismos de control respectivos la certificación pertinente ACTUALIZADA. Los organismos habilitados para certificar la VIGENCIA de cada una de las Instituciones y el cumplimiento de todos los requisitos legales son: En el caso de Asociaciones Civiles, la IGPJ (Inspección de Personas Jurídicas), ante quien deberán tramitar la Constancia de Subsistencia de Personería Jurídica. A tales efectos en la página de la provincia www.santafe.gov.ar en el encabezado, ingresar a y allí colocar “subsistencia” y dar Enter. Encontrarán el instructivo y el formulario para solicitar la Constancia. Cooperadoras Escolares, solicitar reconocimiento al Ministerio de Educación. Cooperadoras Policiales deben tener personería jurídica reconocida por el Ministerio de Gobierno. Cooperativas y mutuales, solicitar reconocimiento vigencia a INAES. En el Acta colocar nombre completo y nº de matrícula sin falta. Vecinales, deben tener reconocimiento municipal. Parroquias y Comisiones Parroquiales, no católicas gestionarlo ante la Dirección Provincial de Registros o en el Registro Nacional de Cultos. Gremios o Sindicatos, igual que asociaciones o en Ministerio de Trabajo. Sin más, los saludo Atte. Esperando contar con su participación. |
09/10/2026




